Interculturalidad: más allá del reconocimiento de la multiculturalidad

por: Moisés Pallo

Interculturalidad

El presente ensayo trata de mirar las diferentes críticas que se hacen al concepto multiculturalidad, considerando a ésta como un obstáculo que imposibilita la existencia de relaciones entre culturales. Además, se asume aquí que la multiculturalidad tiene la finalidad de homogenizar la sociedad y, como tal, rechaza cualquier forma de diversidad existente.

A esto se suma la visión de algunos críticos, quienes consideran que la interculturalidad es una realidad inexistente en el plexo social; que su excepción es aparecer solamente en documentos jurídicos.

Entonces, para efectuar lo propuesto vamos a especificar este par de conceptos -multiculturalidad e interculturalidad- desde cuatro visiones: la Constitución, la perspectiva comunicacional, la disciplina sociológica y desde la antropología. 

Primero, el avance constitucional del Ecuador, con respecto a temas de las diversidades culturales, ha sido muy lento. Barié (2003) indica que “desde 1830 la Real Audiencia de Quito fue proyectada como una nación fundada en la hegemonía cultural y esto fue así hasta 1998, cuando por primera vez el país se asume como un Estado pluricultural y multiétnico” (p. 307).

El término “interculturalidad” no aparece sino hasta la Constitución del 2008, en su Art. 1, donde se reconoce al Ecuador como “un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico.” (Asamblea Nacional, 2008). Hasta ese entonces los pueblos indígenas estaban excluidos de la sociedad mestiza. No constaban en los documentos estatales, por lo tanto, no eran sujetos de derechos.

Fue así hasta que con una serie de luchas y levantamientos dichos pueblos logran su reconocimiento constitucional. Aunque, a pesar del reconocimiento adquirido, el Estado ha sido una de las instituciones que no brinda garantías del cumplimiento de tales derechos; al contrario, ha logrado tomar el concepto de interculturalidad como una forma más de dominación y control.

Al respecto, y desde la perspectiva de la comunicación, con alusión a la multiculturalidad como una forma de segregación o exclusión cultural por parte de las instituciones, Martín-Barbero (2003) dice: “Lo que el multiculturalismo pone en evidencia es que las instituciones liberal-democráticas se han quedado estrechas para acoger las múltiples figuras de la diversidad cultural que tensionan y desgarran a nuestras sociedades justamente porque no caben en esa institucionalidad” (p. 377).

Desde otra perspectiva, la sociología de la comunicación, con referencia al acceso a los recursos que tienen ciertas culturas que supuestamente son superiores a las otras, E. Maigret (2005) arguye que “las élites culturales tienen la libertad de variar sus consumos y gustos, a condición de conservar siempre una distancia respecto de los demás grupos sociales, y al otro extremo del espectro social, la violencia conduce a la ausencia de elección” (p. 215). Y es éste el mecanismo de exclusión que se maneja, así el término “interculturalidad” aparece solamente como un sueño inalcanzable.

En este marco, ambos conceptos se presentan opuestos en cuanto a su aplicación y vivencias. El primero, la multiculturalidad, aparece como una forma más de reproducción de la exclusión y legitimación de las desigualdades culturales. Mientras que, la interculturalidad se presenta como el anhelo al trato equitativo y justo entre culturas.

Así mismo, al plantear la diferencia entre estos dos términos, N. G. Canclini y otros (2011) aclaran que “Ambos términos implican dos modos de reproducción de lo social: multiculturalidad supone aceptación de lo heterogéneo; interculturalidad implica que los diferentes se encuentran en un mismo mundo y deben convivir en relaciones de negociación, conflicto y préstamos recíprocos” (p. 106). Allí se puede observar que, con la lógica multicultural de la simple aceptación, en palabras de P. Guerrero (2010), el “Otro aparece como un sujeto exotizado, como un individuo a fotografiar para los turistas” (p. 336).

Desde la antropología, Guerrero (2010) argumenta “que la interculturalidad es una realidad que aún no existe; es una tarea política, una utopía posible, que para que exista debe ser construida; lo que implica verla como resultado de prácticas y acciones sociales conscientes y concretas” (p. 247). Pues, las desigualdades y la segregación social requieren ir más allá de la aceptación y la tolerancia. Esto implica proponer la existencia de una política social de inclusión y trato por igual.

Podemos ver que, desde las diferentes posiciones y disciplinas, para construir una sociedad intercultural no es suficiente con que haya reconocimiento constitucional de la diversidad cultural. Lo que que hace falta es una conciencia y reconocimiento social que permita la participación y la toma de decisiones en nuestro país. Solo así se podrán generar espacios para la enunciación de las diversas culturas que han sido subordinados debido a la creencia equivocada que existen culturas superiores e inferiores.

Bibliografía

Arias, P. G. (2010). Corazonar: Una antropología comprometida con la vida. Quito: Abya-Yala.

Martín-Barbero, J. (2003). Identidad, tecnicidad, alteridad. México.

Barié, C. G. (2003). Pueblos indígenas y derechos constitucionales en América Latina: un panorama. Bolivia: Abya-Yala.

Canclini, N. G., Brea, J. L., Gutiérrez, M., Medina, C., Prado, E., Sánchez, E., . . . Villoro, J. (2011). Conflictos interculturales. Barcelona: Gedisa, S.A.

Maigret, É. (2005). Sociología de la comunicación y de los medios. Mexico: Fondo de Cultura Económica de España.

Nacional, A. (20 de Octubre de 2008). Asamblea Nacional. Obtenido de Constitución de la República del Ecuador: http://www.asambleanacional.gob.ec/sites/default/files/documents/old/constitucion_de_bolsillo.pdf